Inversión Comunitaria
Vivimos, trabajamos, jugamos y devolvemos a la comunidad en la que vivimos.
Nuestro Compromiso con las Comunidades:
Para ser una buena persona de negocios en las comunidades en las que prestamos servicios y desarrollamos nuestra actividad, debemos tener un impacto positivo a través de iniciativas de compromiso con la comunidad.
Lo hacemos coordinando los programas de compromiso con las cámaras de comercio locales, las asociaciones sin ánimo de lucro y otras asociaciones comunitarias, recaudando fondos para el Programa de Asistencia Energética Residencial (REAP) y organizar programas de voluntariado y educación.
Nuestras Áreas de Impacto
Nos comprometemos a ayudar a nuestra comunidad mediante patrocinios, voluntariado, asociaciones con la comunidad y eventos.
Atención
Tenemos una política de sólo invitación para las solicitudes de patrocinio o afiliación. Actualmente, invitamos a un número limitado de organizaciones sin ánimo de lucro a solicitar patrocinios que se ajusten a nuestras áreas de interés. No aceptaremos solicitudes de patrocinio o afiliación no solicitadas ni solicitudes de financiación presentadas fuera del proceso de invitación.
Elegibilidad General
Un patrocinio o afiliación debe apoyar a una organización o evento que fomente los intereses de CPS Energy. Solo patrocinaremos eventos o nos uniremos a organizaciones que tengan un historial probado en la atención de necesidades clave de la comunidad y que puedan ofrecer resultados mensurables para mejoras sostenibles en las comunidades en las que servimos y operamos nuestro negocio.
Requisitos Especiales
- Los programas deben beneficiar directamente a un segmento de nuestros clientes, partes interesadas y/o comunidades de nuestro territorio de servicio;
- Las organizaciones elegibles deben estar exentas de impuestos según la Sección 501(c) del Código de Rentas Internas; y
- Las organizaciones elegibles deben haber estado operando en buen estado (tomado las medidas adecuadas para cumplir los requisitos reglamentarios) al menos tres años.
Restricciones Generales
En general, no patrocinaremos eventos o actividades, ni compraremos afiliaciones relacionadas con lo siguiente:
- Cualquier grupo no calificado como organización sin ánimo de lucro y exenta de impuestos según la sección 501(c) del Código de Rentas Internas.
- Partidos, organizaciones o campañas políticas;
- Actividades religiosas, fraternales, sociales o recreativas;
- Particulares o grupos u organismos no constituidos en sociedad;
- Escuelas o fundaciones individuales (K-12);
- Patrocinios de grupos escolares (por ejemplo, orquestas, bandas, coros, grupos de teatro, fiestas de clase o proyectos de equipo); y/o
- Particulares y grupos que busquen subvenciones educativas o de viaje para concursos, desfiles, viajes o convenciones.